En esta reunión vamos a trabajar el texto «Sobre algunas consecuencias del genocidio en torno a la relación filiación-ley-subjetividad» escrito por Patricia Salvetti y Mariana Dopazo, integrantes de la investigación Genocidio y Filiación del área clínica de TeCMe y que fuera publicado en nuestra página en julio de 2020.
Apertura de la reunión a cargo de Fabiana Rousseaux:
El debate que giró en torno al trabajo de Mariana Dopazo fue el que dio origen a la investigación sobre Genocidio y Filiación.
En el marco del fallo del 2×1 surge esa voz inédita e inesperada de los hijos e hijas de genocidas. ¿Por qué TeCMe toma eso? No va de suyo que TeCMe tome esta temática.
En los Territorios Clínicos de la Memoria, los DDHH no están tomados desde el punto de vista de la militancia política, donde podríamos ubicar una impronta más imaginaria, donde hay muchos sobre-sentidos que impregnan a los actores que intervienen en este campo. Una de las puntas para pensar esta cuestión, y esto es parte de la particularidad de la experiencia argentina, es porque hay un cruce del campo de los DDHH con la dimensión propiamente jurídica. En el campo de lo jurídico prima una ideología liberal, casi contraria a la que prevalece en el campo de los DDHH. Lo particular es que desde el campo jurídico –en los juicios– se le dio lugar a la voz de los sobrevivientes y de los testigos. Eso mismo impactó al interior del mismo campo del Derecho, hubo algo que cambió y modificó ese mismo campo, cosa que no ocurrió en otros países.
A partir del fallo del 2×1, se generaron una serie de debates en diversos campos: en el del Derecho, en el del psicoanálisis, del feminismo, de la política, en el de la militancia de los DDHH.
Es importante ubicar dónde arranca esto, fechar y ubicar las coordenadas, qué pasó en esa primera semana, qué acontecimientos son los que dieron origen a los debates posteriores. En esa voz inédita que surge, fue importante tratar de ubicar algunas categorías de esa voz que emergía y para dónde iba… cómo anclar eso, qué lectura darle, en un lugar que no sea sólo el de la militancia política. Uno de los lugares fue el del cruce entre lo psicoanalítico y lo jurídico. Se abrieron una serie de escenarios y de discursos.
Un debate de lo psi-jurídico.
En el cruce entre genocidio y filiación se venía trabajando sobre los hijos que habían sido apropiados, pero esto fue algo no pensado respecto de las consecuencias del genocidio, que es esta voz inesperada imposible de calcular y traducir.
En el terreno del trabajo clínico nos topábamos con situaciones como la de hijos apropiados por genocidas que no querían sacarse el apellido de sus apropiadores, y en esta ocasión surge lo de hijas de genocidas que quieren sacarse esos apellidos, de sus padres biológicos, violadores y apropiadores. Esta cuestión se puede ubicar en serie con lo que había acontecido con el caso de Rita Vagliatti, del año 2005, y que es resignificado con el acto de Mariana Dopazo. Poder dar una lectura entonces, a los cruces entre los genocidios y las filiaciones, más de uno.
Es importante ubicar la historia, la historización de este trabajo, que está reflejado en los links que aquí figuran.
Patricia Salvetti: La primera presentación fue en el año 2017, en Radio FM La Tribu, participan allí: Fabiana Rousseaux, Mariana, Patricia y Rita Vagliatti, ex hija, que fue la primera que pidió el cambio de su apellido. También participó de la Mesa Diego Morales, abogado del CELS.
A partir de aquí se inaugura el espacio de investigación de Genocidio y Filiación en el Área de Subjetividad y DDHH de TeCMe: proponiendo un análisis de los fundamentos jurídicos de quienes apelaron a la justicia para suprimir, sustituir o restituir su identidad. Casos vinculados al terrorismo de Estado que tuvieron que hacer frente a las identidades falsificadas producto de las apropiaciones de las que fueron víctimas, como así también casos de adopción al interior de los dispositivos del exterminio. Por otra parte, en el mismo marco del genocidio, las identidades jurídicas forzadas que sobrellevan hijos e hijas de genocidas, provocan una nueva demanda al sistema judicial para promover la supresión y sustitución de esas identidades que importan un linaje mortífero. Así se gesta puntualmente la investigación y de esto surge este trabajo en particular.
El primer obstáculo con el que nos encontramos fue hablar de la filiación, en el marco del genocidio, por fuera de las víctimas de apropiación. En este sentido centramos la cuestión en el contexto del Fallo de 2×1 que denominamos “inédito” pues es el momento en que surgen las voces de hijxs que repudian el accionar de progenitores genocidas.
Extrajimos específicamente las dos voces que decidieron un acto de desafiliación anudado a la Ley. Se trató de tomar las particularidades de dos pedidos a la justicia para suprimir y sustituir el apellido paterno por el materno, y la respuesta favorable de los fallos puntuando las razones a lo denominado “justos motivos”, o sea desbrozamos a partir de esto el proceso del acto de desafiliación en su vertiente jurídica juntamente con la construcción singular en cada caso, en tanto despliegan en esas presentaciones “algo”, no todo, de la subjetividad de cada una.
Y nos preguntamos sobre si ese acto, la desafiliación, muestra como posible un ordenamiento de la filiación a partir de la ley causando efectos posteriores en la posición subjetiva, en tanto ponen en juego cuestiones del orden psíquico. Esta es la pregunta a partir de la cual se fue armando el trabajo. ¿Es posible un nuevo posicionamiento en tanto se acceda con libertad a esa parte de no pertenencia absoluta de la filiación?
En el marco del respeto de lo personal, ¿cómo inscribir esto nuevo, inédito, no cayendo en un binarismo moral?
Poder pensar desde el trípode Filiación Ley Subjetividad para leer, a partir de allí, un trabajo posible.
Mariana Dopazo: Algo de ese texto que escribimos con Patricia tal vez ha caducado, en tanto escrito.
En estos dos casos había líneas muy similares en las respuestas de los fallos jurídicos, uno en 2005, otro en 2016, ambos fallos favorables, con líneas muy claras.
“Las respuestas de las juezas fueron positivas a la supresión del apellido y sustitución por el apellido materno. Y sus fundamentos muy similares basados en “justos motivos” considerando que los hechos protagonizados por estos padres han producido una rotunda colisión con los valores que hacen a la dignidad personal. Y consideran que se encuentran afectados derechos de raigambre constitucional como el honor, la salud, el trabajo y el desarrollo personal”.
La idea es no quedarnos cristalizados en estos dos casos, sino que justamente sirvan de punto de partida para empezar a pensar otras cuestiones, como la Nominación en tanto permite nombrarse de otro modo, la filiación, la des-afiliación, el “des-familiarizarse”. Poder pensar desde el psicoanálisis que la filiación es siempre fallida, esto da entonces esa porción de libertad para hacer algo con eso y dejar de hacer algo con eso. Salir de esa posición de alienación que demanda el vínculo filial.
Hoy –pienso yo– que tomamos esa línea porque la introducción de este tema en lo social tomada desde el sesgo de la justicia, apaciguaba lo brutal de su inserción como un posible nuevo actor social, en tanto no se trató de una renegación de la filiación, sino de un acto que podía ser escuchado si se enmarcaba con ese velo que produce la ley.
Patricia Salvetti: Además la demanda dirigida a la Ley, por cada una de ellas, fue escrita por puño y letra, y queremos hacer referencia a este particular pedido extrayendo unos párrafos de cada escrito.
Párrafos de Mariana
“Mi progenitor es conocido públicamente por su participación durante la última dictadura cívico militar y actualmente, en virtud de los hechos cometidos en aquella época, se encuentra condenado a reclusión perpetua por los delitos de lesa humanidad. Es por esa razón que el uso del apellido paterno está asociado al horror, a lo siniestro y a la muerte…
Sostener un apellido que se relaciona únicamente con el horror y el dolor es contrario en todos los puntos posibles e imaginables a mi persona desde siempre”
y continúa sobre lo que no quiere hacer sentir sobre su persona… “como si fuese yo un apéndice de mi padre y no un sujeto único, autónomo e irrepetible, descentrándome claramente de mi verdadera posición, que es palmariamente contraria a la de ese padre y sus acciones”
Párrafos de Rita
“Soy la hija de un torturador y por eso quiero cambiarme de apellido. Quiero terminar con este linaje de muertes y no acepto ser la heredera de todo este horror. Los apellidos son símbolos y el mío es uno muy oscuro, lleno de sangre y de dolor. …romper con el linaje… Optar por el cambio de identidad no es ocultar mi origen, repudio todas esas decisiones que me fueron ajenas, y como en todos los casos, inconsultas. Es claro que no se trata, en mi planteo, de un caso meramente jurídico, es también político, en tanto que afirmo que no quiero pertenecer al mundo de mi padre y de tantos como él. Quiero poder elegir y para ello siento que tengo la responsabilidad de desligarme de su mundo, de sus prácticas y de lo último que me queda de él, el apellido Pretti”.[1]
Mariana Dopazo: El trabajo, decíamos, ciñe esta decisión bajo (este recorte) a la selección de textos psicoanalíticos que manifestaban o acompañaban esas puntuaciones, en ese momento de la escritura. Dichos textos remiten en Freud a Tótem y Tabú (1912) o sea a la filiación en términos de los orígenes, que para Freud es siempre mítica; y a un Lacan estructuralista, en La familia (1938) y en Función y campo de la palabra y el lenguaje en psicoanálisis (1953) e Introducción teórica a las funciones del psicoanálisis en criminología (1950).
Hoy, julio 2020, ha pasado tiempo…
Fabiana Rousseaux: Es importante situar esto en el contexto de ese momento, complejo en lo social: aparece una nieta más, y la importancia de correr de la categoría de víctima a los hijos de genocidas, ya que aquella categoría estuvo siempre ligada y destinada a las víctimas directas del terrorismo de Estado. No se podía hacer una similitud con la posición de los hijos. Dilema que se trasladó al campo jurídico.
Pensar al padre torturador en el espacio de lo social en su diferencia con el padre como función, es una cuestión que se puede pensar desde el campo del psicoanálisis y no el de la sociología por ejemplo. Esta cuestión está en el texto de Cristina Toro.
“Si en la genealogía de lo que se trata es de hacer lugar para que se produzca un acto de transmisión, en este caso podemos preguntarnos: ¿Cómo podemos pensar la transmisión –que siempre conlleva un enigma– en el terreno de los actos criminales inscriptos sobre un deseo parental fuertemente dañado? Pero a este interrogante va añadido otro central para los analistas –allí donde nos distanciamos de la mirada netamente política y social– y es saber que un padre torturador en lo social y un padre torturador en su función, no son lo mismo. Sin embargo ambas dimensiones interpelan muy profundamente a sus hijos e hijas en una articulación trágica e indescifrable. Debemos pensar mucho y muy responsablemente en estos registros”
Esas dos hijas habían apelado a la Ley jurídica, sin antecedentes de ello. Ese ordenamiento jurídico apela a la legalidad. Los textos de Freud y Lacan referidos anteriormente produjeron el marco teórico que permitió pensar, pero es a partir de los seminarios 20 y 21 con Lacan, que se introduce un momento de quiebre, de pasaje, del Nombre del Padre al Padre como nombre y la cuestión de la nominación.
PREGUNTAS Y DEBATE
Fabiana Rousseaux: ¿Se puede pensar “ex hija” como una nueva nominación?
Mariana Dopazo: Para algunos/as podría funcionar como una nueva nominación… pero “ex hija” no es la única posible, hay otras, de hecho me he nominado ya antes de ex hija como “Estrellita roja”. Para poder producir esta nueva nominación tiene que haber otros anclajes, en algo anterior, esa nueva nominación es posible porque esa filiación fallida permitió ese cachito de libertad, ese pasaje a otra cosa, trabajo en mi caso, no por fuera del psicoanálisis.
“Sostener un apellido que se relaciona únicamente con el horror y el dolor es contrario en todos los puntos posibles e imaginables a mi persona desde siempre” (Escrito presentado ante la Justicia)
“Ex hija” no es la única nominación, hay otra más potente, más mía que es “Estrellita roja” y esto tiene que ver con las consecuencias de aquel acto, y lo que posibilitó a partir de allí lo que me gusta decir como “las bellas consecuencias”: derivas de aquel escrito… que sigue ahora a mi forma.
Cristina Toro: ¿Por qué las otras hijas de genocidas no harían serie con estas dos primeras: Rita y Mariana?
Habría que diferenciar los tiempos cronológicos de los tiempos lógicos. ¿Se trata del tiempo de comprender?
Nom en francés: cuando Lacan habla del Nombre habla del apellido, de la filiación, de los legados. La Madre es la transmisora del Nombre del Padre, de la función.
Al final del recorrido de Mariana se pudo vislumbrar un “estado de satisfacción”, algo ligado a la creación…
Mariana Dopazo: No todas las hijas han apelado a la justicia para desafiliarse y pedir el cambio/sustitución del apellido. Cada historia es singular.
La función del Nombre del Padre tiene que ver con el No, y esta función puede estar encarnada en cualquier lugar.
Hay otra posición: “No le permito ser más mi padre”
Cómo pensar las coordenadas de lo lógico y lo cronológico… es un camino a recorrer.
Ana Galdames: En la entrevista de radio La Tribu se hablaba allí respecto de la ley de alianzas, del trípode filiación-parentesco-Ley. Se vuelve a nombrar, en otro tiempo, en este trabajo: filiación-subjetividad-Ley. Allí aparecería la nueva nominación: “ex hija”. En ese desplazamiento o diferencia se produce la aparición de lo “subjetivo”: hay un acto de un sujeto, abre a un tiempo nuevo: al Nombre propio.
Mariana Dopazo: La conmoción es qué les sucede a los otros con “ex hija” y “no le permito ser más mi padre”, dónde es tocado el otro con eso (no ya la conmoción en mi persona).
No se puede conjugar la función paterna con la crueldad. No se puede habitar esa función desde la crueldad. Un padre torturador en lo social, yo nunca me sentí filiada a eso.
Tener un padre “amoroso” en la escena familiar disociado de un padre deshonroso en lo público es verdaderamente una complejidad. En mi historia singular hubo alguien que sí habitó esa función… por suerte y por amor.
Patricia Salvetti: ¿Qué impacto social produjo la irrupción de las voces de estos hijos?, ¿cuáles fueron las consecuencias en el cuerpo social? Hasta ahora lo que conocíamos eran las consecuencias del terrorismo de Estado sobre las víctimas.
Ahora se trata de que sea la Ley la que ordene, que se promueva desde lo jurídico el cambio de apellido. Las dos juezas hicieron hincapié en que se trataba de dos personas juzgadas y condenadas en el marco del terrorismo de Estado (delitos de lesa humanidad). Estas familias, que están en “la voz de los hijos”, introducirlos y enmarcarlos dentro de los DDHH era una cuestión compleja, había que ser muy cuidadoso para no herir a las víctimas, a los hijos.
Vivian Berwald: Lo personal es político. Algo de lo íntimo impacta en el cuerpo social.
Hay un caso de una niña de 12 años que fue abusada y pidió quitarse el apellido de su abusador, y varios casos de hijas e hijos de femicidas que también están tratando de quitarse el apellido paterno. Nominarse ex hijas y des-legadas.
En un examen de ancestría, se puede ver que la que da el linaje es la abuela materna (nuestro linaje biológico lo heredamos por la vía de la abuela materna)
Cómo se construye un No, es un Acto. Hace a la existencia.
Ana Zabala: cuestiones para debatir y continuar el debate en otro momento.
Respecto a “ex hija”, sería sumamente riesgoso quedarse nombrándolo de ese modo.
La Ley avanzó de modo tal, dando la razón, a esa persona –teniendo efectos tanto en el ámbito de la justicia, como en el campo de lo social– en no querer continuar con la condición de ser hija de padres criminales, entonces seguir nombrándolas como “ex hijas” queda como un “ser que ya no es”. De lo que se trata, por el contrario, es dejar de ser hija de uno de esos progenitores, por genocida claro, y la elección no le impide ser hija del lado femenino, del lado materno, no hay una renegación de ello, se porta el apellido materno.
Como sociedad hay una deuda gigantesca en poner a debatir por qué aquí en este país, no figura el apellido en el documento de la mujer que pare. No se ve registrado, está “negado” en el registro, como sí se hace en el resto de Latinoamérica, que el apellido materno sí figura en la documentación de cada hijo.
No reconocen a un ser criminal como padre… y es por eso que dicen “no le permito más ser mi padre” Renuncia a esa condición de hija respecto a un asesino.
Finalmente queda algo del orden ya de la escucha analítica: “ex hija” queda del lado de la exigencia, del exigir, y aleja del deseo, cuando justamente se trata de un deseo y no de una exigencia o una demanda. Es por la vía del deseo que se arriba a esa posición ética.
Mariana Dopazo: Así es, si no es por el lado del deseo es seguir sosteniendo a ese padre. Se trata de un pasaje a “lo nuevo”, las consecuencias, el después, el ahora.
Cristina Toro: El ADN, lo biológico, el ADN nombra al padre del desaparecido. Las abuelas tuvieron que apoyarse en algo de eso.
Si se toman las estructuras elementales del parentesco, para el psicoanálisis nos interesa el nudo que toma Lévi-Strauss: el operador es la prohibición del incesto, es un operador cultural, y no biológico, es justamente lo que produce el pasaje de la naturaleza a la cultura.
En Italia, en la mafia, dentro de la casa funciona lo amoroso, por fuera: el código mafioso.
Está la Ley en Argentina que habilita ponerse el apellido materno, inclusive antes del apellido paterno.
En América Latina, está la obligación de llevar los dos apellidos, tiene una historia: era importante ponerse los dos apellidos porque eso significaba que se tenían ambos padres, que no se era hija o hijo de madre soltera.
Ana Galdames: La oportunidad que nos da Lacan pluralizando y diciendo los nombres del Padre… la operatoria del Nombre del Padre sería la inscripción misma… ese punto de despegue, de algo que importa, y mucho, que es la novela familiar, pero que en tanto inscripción podría dar lugar a versionar “otra cosa”, que permite despegar un poco respecto de estos padres con tanta pregnancia por su crueldad. Poder versionar distinto la novela familiar, en el punto de la operatoria de inscripción, ya por un lugar distinto de la estructura: Nombre del Padre/Deseo de la Madre.
Fabiana Rousseaux: Da cierta tranquilidad pensar a partir de la pluralización de los nombres del padre, y al padre como semblante.
Ése, el padre que nombra, es el que merece el amor y el respeto, no puede ser ni el padre tirano ni el padre muerto, ni el que dice todo ni el que no dice nada.
Ese padre no fue merecedor de ese respeto ni de ese amor, aun no habiendo hecho lo que hizo, sino al interior de la vida familiar (padre torturador también en el hogar familiar).
La construcción “ex hija”, cuando Mariana se nombra de este modo, es un nuevo nombre, modo particular de nombrarse, que tiene un efecto en el colectivo de otros hijos e hijas. Nombrarse de ese modo, hace a la pérdida que esto conlleva, por el recorrido del análisis, estar dispuesta a la renuncia, cuestión a la que no estuvieron dispuestas otras hijas.
Mariana Dopazo: como respuesta a Ana Galdames: de los Nombres del padre al nombre de una.
Y para seguir investigando: poder pensar en torno a la conceptualización de des-familiarizarse desde el psicoanálisis, algo de lo nuevo, del nombre propio y de las bellas consecuencias de estos actos.
Otros links de referencia:
Auto-deslegados
La pasión por la escritura. Genocidio y filiación
A propósito del estrago parental. Tortura y filiación
[1] Territorios, escrituras y destinos de la memoria. Diálogo interdisciplinario abierto. Buenos Aires, Tren en movimiento.