Por María Molas y Molas / María Martha Boccanera / María Capriotti
Lo que yo pienso, no lo he pensado solo
Blanchot
Accesible, próxima y no perdida permaneció, en medio de todas las pérdidas, sólo una cosa: la lengua. Sí, la lengua no se perdió a pesar de todo.
Pero tuvo que pasar entonces a través de la propia falta de respuesta, a través de un terrible enmudecimiento, pasar a través de las múltiples tinieblas del discurso mortífero. Pasó a través y no tuvo palabras para lo que sucedió; pero pasó a través de lo sucedido. (….)
Paul Celan
INTRODUCCIÓN
Las inquietudes y preguntas surgidas a partir del trabajo con testigos, familiares y víctimas[1] del Terrorismo de Estado en el primer juicio de lesa humanidad acontecido en Córdoba[2] nos acercaron al artículo “Los públicos de Freud” de Mayette Viltard[3], hasta ese momento sólo publicado en francés.
A partir de la lectura del texto de Viltard[4] es posible decir que el dispositivo creado en aquel primer juicio entiende que lo que se produce entre el testigo y quien lo acompaña es una instancia de encuentro, que se da en la situación particular de un juicio oral y público. En estos encuentros comenzó a circular en algunas ocasiones una palabra que durante muchos años había estado vaciada de valor, negada en su existencia, cuando no simplemente silenciada. Se produce, en ocasiones, una validación de esta palabra, una legitimación; así este Publikum, ‘pequeño público’ o ‘público restringido’ que acontece en un acompañamiento, es el paso previo al testimonio judicial, al público ampliado, cualquiera u Öffentlichkeit que emerge en una audiencia oral y pública.
Abordaremos así, algunas preguntas emergentes de la experiencia de trabajo con lo que es llamado también lo intransmisible, lo indecible. Para ello nos detendremos principalmente en el acompañamiento a los testigos así como también en la instancia de declaración testimonial en juicios orales y públicos.
PEQUEÑO PÚBLICO Y ACOMPAÑAMIENTO
En “Los públicos de Freud”, Mayette Viltard sigue el hilo de la cuestión del público recorriendo dos vías: la correspondencia Freud-Fliess, y El Chiste. Comienza distinguiendo dos tipos de públicos.
Freud, como lo vamos a mostrar, buscaba un Publikum, pero la confusión es grande cuando al traducir a Freud, somos llevados a emplear la palabra francesa público, pues en alemán no sólo el Publikum es el público, sino también el Öffentlichkeit, el del hecho público, de la cosa pública, de la opinión pública, que deriva de offen y de offenbar, lo que es abierto, notorio, manifiesto. Freud no asigna el mismo lugar a esos dos públicos, el Publikum, elegido, y el Öffentlichkeit, cualquiera. En el transcurso de las cartas dirigidas a Fliess, podemos seguir la construcción de eso que Freud va a nombrar Publikum[5].
La función de pequeño público que a veces surge en los encuentros con diferentes personas, víctimas del Terrorismo de Estado, resulta inquietante[6]. Son personas que llegan por un trámite[7], una consulta o por un testimonio judicial. Aparece muchas veces algo de lo traumático. Han pasado más de 40 años… pero eso ronda, está presente continuamente, no es posible olvidar. No ha sido posible hablar.
En general quienes se acercan a nuestro lugar de trabajo no establecen una demanda. Hay una invitación, una disponibilidad manifiesta para recibirlos. Comienzan entonces a producirse encuentros y surge también la palabra. …dicen algo ahí que no hablan en otro lugar, o que no hablaron nunca. A veces, luego, es posible hablar con otro. ¿Cómo llamar a esto?, ¿encuentros?, ¿acompañamiento?, ¿tratamiento?[8]
En un intento por diferenciar estos acompañamientos de otros, o de un tratamiento, la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación, define este acompañamiento como
… una función fundamental en las políticas públicas reparatorias del Estado, ya que colabora en habilitar un espacio de confiabilidad para que el testigo, a través de su testimonio, produzca un acto político en relación a la memoria, la verdad y la justicia. Acompañar se vuelve entonces una medida posible de protección, ya que muchas veces la existencia de una red que sostenga al testigo, evita llegar a situaciones donde el terror paraliza e impide continuar con este proceso[9].
Otros escritos encuentran necesario distinguir este tipo de acompañamiento, de un tratamiento o terapia psicológica y de un acompañamiento terapéutico tradicional. Así, un libro publicado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, presenta algunas primeras formulaciones en torno a esta temática, escritas por profesionales pertenecientes a organismos de derechos humanos, que son los que primero abordaron esta temática. Allí Pilar Raffo, colaboradora de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que
…en el presente contexto no se trata del acompañamiento terapéutico que suele darse a pacientes que sufren graves perturbaciones individuales y necesitan un tratamiento clínico. Más bien se plantea un tipo específico de presencia profesional que acompañe a personas que han padecido la violencia por el abuso en el ejercicio del poder, cuyos padecimientos provienen esencialmente de la esfera sociopolítica[10].
Podríamos considerar esto en los siguientes términos: acompañar desde un lugar de implicación, tornarse pequeño público, es estar disponible para escuchar lo que quien llega a nosotros quiera/pueda traer. Al mismo tiempo, estar “comprometido” con la temática es algo que hay que explicitar cada vez. Lejos de una posición neutral las personas que consultan preguntan “¿de qué lado estás?”, y cada vez que se formula ese interrogante, es necesario establecer una posición respecto a quienes son las víctimas y quienes los represores.
Por momentos y en algunos casos se trata de lo traumático. Es posible identificar a veces algo que pasa a otro registro. Algo del orden de un real que pasa al imaginario o al simbólico. Se torna recuerdo, se puede olvidar una fecha de aniversario, se puede escribir un libro, hacer un chiste.
¿Cuál es la función del que escucha? Hay algo que se recibe, que se sanciona como verdadero, como valedero. En un juicio oral y público, la palabra circuló primero en este pequeño público -que a veces se fabrica en el espacio del acompañamiento- para luego poder hacer su pasaje al público ampliado de las audiencias. Estas primeras palabras, muy cargadas de dolor, de silencios, de miedos, fueron fundamentales en el sentido de un primer tránsito de la palabra, de una ruptura del aislamiento y del sentimiento de soledad[11]. A veces solicitar una ley reparatoria implica salir de la oscuridad de una denuncia nunca realizada, un delito nunca reconocido como tal, un reconocerse “víctima”. Algo pasó…. y luego poder mover esa posición de víctima, claro. Otros están encallados en ese lugar. Algunas veces se produce un movimiento cuando se decide callar, no decir, no testimoniar en un juicio, no pedir una ley reparatoria.
Dice Fabiana Rousseaux, quien fuera fundadora del Centro Ulloa:
… El discurso del acompañamiento debe ser construido porque el Estado, en esto, había permanecido ausente durante décadas. Retomar un lazo posible con el Estado, en la paradojal situación de haber sido el propio Estado el que encarnó esos crímenes nos otorga a quienes trabajamos en estos contextos la responsabilidad de impulsar y garantizar las condiciones necesarias para implementar una lengua novedosa y sus derivados en prácticas reparatorias, con especial cuidado en no dar respuestas generalizadas, burocráticas o paliativas[12].”
LO INDECIBLE
Estas experiencias del Terrorismo de Estado, tan extremas… hay quienes las llaman lo indecible, lo inimaginable… ¿cómo acercarnos a ellas? Leyendo “Los hundidos y los salvados” de Primo Levi, encontramos su preocupación por que otros pudieran entender su experiencia, pudieran acercarse a ella. Años después de su liberación, él reflexiona acerca de la experiencia concentracionaria.
Para nosotros, hablar con los jóvenes es cada vez más difícil. Lo sentimos como un deber y a la vez como un riesgo: el riesgo de resultar anacrónicos, de no ser escuchados. Tenemos que ser escuchados (…) Ha sucedido y, por consiguiente, puede volver a suceder: esto es la esencia de lo que tenemos que decir.
Jorge Semprún dice algo más. En La escritura o la vida, en un momento algunos sobrevivientes de Buchenwald están por ser reubicados en París. En un diálogo entre ellos se preguntan acerca de qué contar:
El verdadero problema no estriba en contar, cualesquiera que fueren las dificultades. Sino en escuchar…
¿Estarán dispuestos a escuchar nuestras historias, incluso si las contamos bien? (…) Contar bien significa: de manera que se sea escuchado. No lo conseguiremos sin algo de artificio. ¡El artificio suficiente para que se vuelva arte! (…) ¿Cómo contar una historia poco creíble, cómo suscitar la imaginación de lo inimaginable si no es elaborando, trabajando la realidad, poniéndola en perspectiva? ¡Pues con un poco de artificio![13]
Ha habido, hay y habrá diversos modos en que diferentes personas intentan acercarse a lo indecible. Hablamos de lo indecible por referencia a aquellas experiencias extremas que ponen en cuestión lo humano, el lenguaje. Un testimonio en un juicio oral es un testimonio solicitado; pero es también una oportunidad para tomar la palabra e intentar decir. Estas citas de Semprún y Levi nos hacen pensar también en ¿a quién se habla? Los testimonios judiciales no son monólogos, no pueden encontrar su lugar en la soledad. Se habla a alguien. Pero, ¿cuáles son las condiciones sociales que vuelven comunicable algo, que lo vuelven escuchable?
Didi-Huberman, “Basta escuchar sabiendo que un relato puede tocar a sus destinatarios mucho tiempo después de haber sido producido, lo que manifiesta su fuerza incomparable, su potencia para sobrevivir[14]”.
… vamos y venimos entre el lugar del que escucha y el tema de la transmisión…
TESTIMONIOS EN JUICIOS ORALES Y PÚBLICOS
Ese indecible del que venimos hablando se juega ciertamente en el testimonio judicial y no es ajeno a nuestro trabajo en las instituciones. Sonia Weber[15] lo formulaba de esta manera:
Por otro lado, ¿cómo “pasar a otra cosa»? ¿Cómo vivir después de haber conocido situaciones devastadoras o rupturas de relación incomprensibles…, o después de haber conocido y haber vivido » el horror absoluto» de los campos y la tortura «durante años que no acaban; que jamás terminan de acabar» (que no dejan de no escribirse)? ¿Podemos decir lo indecible? Ciertamente no… ¿pero podemos aproximarnos a eso? ¿bajo qué condiciones, principalmente con respecto a un potencial «interlocutor»?
Ahora bien, ¿qué ocurre cuando lo indecible del testimonio se juega en el contexto de los juicios orales y públicos? Eso interroga, especialmente luego de escuchar algunos testimonios en diferentes juicios de Lesa Humanidad. Algo del pasaje opera allí en el testimonio. A veces, algo «pasa» a la audiencia. Esa audiencia está abierta para cualquier ciudadano, lo cual permitiría suponer que se trata del gran público (¿de la Offentlichkeit diría Freud?, aunque el límite parece difuso… por ejemplo a veces hay ahí otros elegidos por los testigos para estar en la audiencia).
Podemos pensar que ese encuentro con un pequeño público al que se le supone cierto saber, es un momento (que puede durar años, o no) de pasaje hacia otra cosa, como el acompañamiento de los testigos antes de las audiencias del juicio (que es parte del trabajo que motiva esta intervención). Pero que ese pasaje a otro público más general lleva “las marcas de esa interlocución” anterior. Dice Marta Iturriza[16]:
La estructura del chiste nos permite pensar el Publikum como el lugar en relación al cual se sostiene una interlocución privilegiada. Publikum entonces nombra un lugar, una dimensión que va más allá del orden de la persona…pone en juego una temporalidad retroactiva ya que, como en el chiste, es sólo después que se sabe si hubo público.
Algunos testimonios en las audiencias públicas parecen encontrar la posibilidad de producir «puntos de fuga» en relación a la lógica jurídica[17]. Quizás se podría esbozar aquí la idea de que también esos mismos puntos de fuga puedan pensarse como “marcas” de que antes hubo allí un Publikum.
Puntos de fuga, que pueden ser actos, como hacer salir del espacio de la audiencia a los represores acusados (lo que suprime un cierto exceso), o una escritura: en medio de un juicio oral alguien dice “voy a leer algo que escribí”, el juez recuerda que el juicio es oral, pero accede. La testigo lee:
La omnipresencia de la muerte. En mi testimonio constante, ese que aparece cuando no lo convido, que se sienta conmigo a decir lo que no voy a decir en el juicio, porque aunque lo diga no lo digo, porque nunca alcanza, porque siempre hay más (…) Ahora, mi memoria falla. Dice julio Cortázar: “la memoria nos teje y atrapa a la vez. Se asemeja a una araña esquizofrénica que teje telas aberrantes con agujeros, zurcidos y remiendos. Trabaja por su cuenta: nos ayuda engañándonos o quizás, nos engaña para ayudarnos[18].
Justamente porque no se puede decir… intentar una escritura, o apelar a la escritura de otros, Cortázar, Gelman… un artificio, diría Semprún.
¿Cómo puede un testimonio (judicial) cercar ese límite más allá del cual habría un exceso y elegir no decir, o decir de otro modo, como escapándole al goce, (cuya confesión es, según Lacan, lo que el discurso jurídico exige)[19]? Un testimonio judicial algo advertido de ese límite para decir lo que no se puede decir «lo digo, pero no lo digo”. Quizás a veces ese tiempo anterior al testimonio público, ese encuentro previo con un Publikum permite que un testigo pueda volverse un poco su propio secretario (si se entiende la función secretario definida como determinando la oportunidad o inoportunidad del decir)[20].
Finalmente, Didi-Huberman dice, al abordar la muestra de Esther Shalev- Gertz en su bello libro Blancas inquietudes:
Los silencios mostrados y montados por Esther Shalev-Gerz no son simplemente defectos en la palabra de los testigos. Son momentos de transición, clavijas dialécticas, escansiones en el tempo de la historia misma. Son acontecimientos en la palabra, e incluso auténticos acontecimientos del testimonio. Acontecimientos a la vez singulares y colectivos, propios de aquel a quien el discurso falla pero dirigidos a todos aquellos que aceptan escuchar, en cada falla del discurso, el deseo ardiente de abrir siempre más los límites de lo decible, de compartir también esa común exigencia de la historia…[21].
[1] Desde 2008, en el marco de lo que se denominó Plan Nacional de acompañamiento a víctimas testigos y querellantes para juicios de Lesa Humanidad, María Molas y Molas trabaja para la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Los primeros años el trabajo consistía básicamente en acompañar a testigos víctimas y querellantes a declarar en juicios orales de lesa humanidad. Posteriormente, en el año 2010 se crea el Centro de Asistencia a Víctimas Dr. Fernando Ulloa donde se amplía el trabajo en asistencia y orientación en casos de lesa humanidad y de violencia institucional.
[2] 2 Con la vuelta a la democracia, a finales de 1983, el gobierno de Raúl Alfonsín crea la CONADEP (COMISIÓN NACIONAL sobre la DESAPARICIÓN DE PERSONAS). Posteriormente, en 1985, se inicia el juicio a los comandantes, o juicio a la Juntas. Este primer gobierno dió comienzo a la construcción de memoria, verdad y justicia, pero hacia finales del mismo retrocedía en este camino debido a la presión militar. Surgen así dos leyes claves que conducían hacia la impunidad: las leyes 23.492 Extinción de la acción penal (“Punto Final”) y la ley 23.521 Obediencia Debida. El presidente Menem que asume luego de Alfonsín profundiza esta línea con la llamada “Reconciliación Nacional” comenzando su gobierno con la sanción de los indultos a todos los integrantes de las juntas militares, procesados y condenados en los juicios de 1985. En 1999 se firmó un Acuerdo de Solución Amistosa, resultante de una demanda que una abuela fundadora de Abuelas de Plaza de Mayo llevara a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Como resultado del mismo, el Estado argentino se comprometía a garantizar una investigación por la verdad de los hechos denunciados en el ámbito de la Justicia Federal aunque sin posibilidad de imputación y de condena. A partir del Acuerdo se reabrieron en todas las provincias las investigaciones penales. A esta etapa judicial se la denominó “Juicios por la Verdad Histórica”. En marzo del 2001 en el marco del caso “Simón” presentado por el CELS, el juez federal Dr. Gabriel Cavallo declaró por primera vez la nulidad de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida afirmando que eran incompatibles con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino a partir de la elevación a rango constitucional de los Tratados Internacionales que consagró la reforma constitucional de 1994. Esta decisión fue luego confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Buenos Aires. En el inicio del gobierno del entonces presidente de la Nación, Néstor Kirchner, se promovió la declaración de la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final por parte del Congreso de la Nación. Posteriormente un fallo de la Corte Suprema de Justicia, declara la invalidez e inconstitucionalidad de ambas leyes, habilitando así el avance de las causas judiciales por los delitos cometidos durante la última dictadura militar. En 2005 comenzaron a formularse los pedidos de elevación a juicio de las diferentes causas que venían siendo instruidas. Desde el año 2007 comenzaron a desarrollarse en los Juzgados Federales que hay en todas las provincias, diferentes juicios. Las causas más conocidas son: el Caso Simón, Batallón 601, Von Wernich, Etchecolatz, Centro clandestino ESMA, Primer Cuerpo, Plan Cóndor, Masacre de Margarita Belén, Masacre de Trelew, etc. En la ciudad de Córdoba, inicia en el 2008 el primer juicio de Lesa Humanidad.
Al momento en que una persona víctima y/o familiar de un delito de lesa humanidad es citada a declarar en un juicio, se le ofrecen (en el mejor de los casos, depende mucho del tribunal que lleve a cabo el juicio) dos dispositivos que ya a esta altura (año 2018) forman parte de las políticas públicas reparatorias del Estado. El dispositivo de Acompañamiento a víctimas testigos y querellantes y el dispositivo de Protección de Testigos. El primero es nacional, aunque hay Equipos provinciales también. Con respecto al segundo dispositivo, el de Protección, si bien existe uno Nacional, en Córdoba existe hace 12 años un Departamento de Protección Especial de Testigos que se encarga de la protección de los testigos en los Juicios de Lesa Humanidad.
Finalmente cabe resaltar que no existen en el mundo procesos judiciales como los que ha habido y hay en nuestro país, donde es el estado, a través de un tribunal local, es decir, la justicia ordinaria (y no internacional y/o militar, como fue por ejemplo el de Nuremberg), quien lleva a juicio y absuelve y/o condena sus propios crímenes. (fuentes:http://www.jus.gob.ar/derechoshumanos/memoria-verdad-justicia.aspx; https://es.wikipedia.org/wiki/Juicios_por_delitos_de_lesa_humanidad_en_Argentina
https://www.policiacordoba.gov.ar/noticias-destacadas.asp?id_nota=3575)
[3] Originalmente el texto de Mayette Viltard aparece en Revue de psychanalyse, Litoral Nª17, Action du public dans la psychanalyse, Les publics de Freud, pg 3, Paris, Septembre 1985.
[4] Finalmente, el texto sale publicado en Opacidades, Revista de psicoanálisis N°8, año 2014, “Los públicos de Freud”, Mayette Viltard, traducción de Mercedes Rodríguez Corral.
[5] Viltard, Mayette: “Los públicos de Freud”. Opacidades, revista de psicoanálisis N°8, elp, Buenos Aires, 2014. Traducción de Mercedes Rodríguez Corral. p. 239.
[6] Georges-Didi Huberman en Blancas Inquietudes (2015:93) manifiesta que la inquietud “… viene de un verbo latino que significa ‘remover, agitar fuertemente, perturbar, intranquilizar, levantar, provocar’…la inquietud nos agita porque remueve y levanta- como un movimiento tectónico pedazos enteros de nuestra conciencia, de nuestro lenguaje.”
[7] En general consultan por las leyes reparatorias existentes. Ley 24043, ley 25914, etc.
http://www.jus.gob.ar/derechoshumanos/atencion-al-ciudadano/politicas-reparatorias.aspx
[8] Esta situación sucede también en otras instituciones públicas, en otros espacios de trabajo, donde las personas se acercan sin una demanda específica.
[9] 9 SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN (2008): “Aplicación del Plan Nacional de Acompañamiento y asistencia a los Querellantes y Testigos, víctimas del terrorismo de Estado”, en Acompañamiento a testigos y querellantes en el marco de los juicios contra el terrorismo de Estado. Estrategias de intervención. Ed. por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Presidencia de la Nación.
[10] 10 Pilar Raffo, “Acompañamiento psicológico y terapia psicológica”, en Atención Integral a víctimas de tortura en procesos de litigio. aportes psico ociales. Ed. Instituto Interamericano de Derechos Humanos, San José, Costa Rica 2007, pág. 49
[11] Es posible ver algunos extractos de testimonios judiciales en la página web: www.eldiariodeljuicio.com.ar
[12] https://www.pagina12.com.ar/diario/psicologia/9-261677-2014-12-11.html
[13] Semprún, Jorge (1998): La escritura o la vida, Barcelona, ed. Tusquets
[14] Didi-Huberman, Blancas inquietudes, Shangrila, Santander, 2013. Pág 110
[15] https://larampahnp.files.wordpress.com/2013/10/2da-balada.pdf
[16] Iturriza Marta (1998): “El pasaje al público”, en Revista Litoral ‘La función secretario’, N° 25/26, Ed. Edelp, Córdoba. Pág 153.
[17] Tumini, C; Molas y Molas y otros, “Algunas particularidades de la experiencia de acompañamiento a testigos y querellantes en el primer juicio de lesa humanidad en Córdoba”. Mímeo. 2008.
[18] https://issuu.com/serajusticia/docs/sj044web
[19] En el seminario Encore pueden encontrarse estas afirmaciones de Lacan que sitúan la cuestión de la diferencia entre el testimonio jurídico y un decir que por momentos, logra hacer pasar otra cosa, que no es una confesión sobre la verdad del goce, pero en cuya tensión una verdad «late»: “La verdad, digamos, para cortar por lo sano, es, de origen, αλήθεια {aletheia}, sobre la cual tanto ha especulado Heidegger. Emet es el término hebreo, que, como todo uso de este término de verdad, tiene origen jurídico. En nuestros días todavía, al testigo se le pide que diga “la verdad, nada más que la verdad”, y, lo que es más, “toda”… si puede… — ¿cómo, ay, podría? — “toda la verdad” sobre lo que sabe. Pero lo que es buscado, y justamente más que en cualquier otro en el testimonio jurídico, es ¿qué? Es poder juzgar lo que concierne al goce, y diré más: es que el goce se confiese, y justamente en cuanto que éste puede ser inconfesable, que la verdad buscada es justamente aquella, más que cualquier otra, respecto de la ley, que, a este goce, lo regula… No esa verdad que se pretende ser toda, sino aquella justamente, aquella justamente con la cual nos las vemos de un medio-decir, aquella que se comprueba que se pone en guardia de llegar hasta la confesión, la confesión que sería lo peor, aquella que se pone en guardia desde la causa del deseo” (Lacan, Jacques, Seminario Encore, clase del 20/03/73, versión crítica de Ricardo Rodríguez Ponte).
[20] En Freud y después Lacan, Allouch pone de manifiesto la incidencia de una función secretario y su relación con la acción de los públicos en cualquier psicoanálisis “…acoger la función secretario como un elemento del método freudiano es equivalente a tener en cuenta que tanto la acción del público en el análisis como la del análisis sobre el (o los) público(s) es con lo que cada análisis tiene que ver, no accesoria sino de una manera esencial a su efectuación” Jean Allouch, Freud, y después Lacan, Edelp 1994, Pág. 64 a 67.
[21] Didi-Huberman, Blancas inquietudes, ed Shangrila, Santander, 2013. Pág 87.