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Protocolo de Intervención para el Tratamiento de Víctimas-Testigos en el marco de Procesos Judiciales

By 28 septiembre, 2018agosto 27th, 2021No Comments

Por Fabiana Rousseaux

“En materia de derechos no basta con su reconocimiento, sino con su efectiva protección”. Norberto Bobbio

El presente protocolo de actuación se produce a partir de un recorrido conjunto entre representantes del Poder Judicial y funcionarios del Poder Ejecutivo, en los juicios que se llevan adelante contra el terrorismo de Estado, en todo el país. Con la reapertura de los juicios y el inicio de una etapa de reconstrucción de la verdad histórica, sostenida en los cuatro pilares de Memoria, Verdad, Justicia y Reparación, acordados por la comunidad internacional en materia de protección de derechos humanos, este protocolo intenta constituirse en herramienta de una política integral de reparación por parte del Estado. Entendemos que en el abordaje judicial de las víctimas del terrorismo de Estado en su calidad de testigos, cobran un valor central las medidas simbólicas que apuntan a “efectivizar desde el propio Estado una actitud de ruptura con el pasado donde se han violado todos los derechos, y que permite instaurar un nuevo significado de garantías de no repetición por las cuales todo Estado reparador debe bregar”[1].

El propósito que se pretende cumplir con este protocolo es que en el afán del acto de administración de justicia, no se produzcan nuevos mecanismos de revictimización o retraumatización de las víctimas-testigos como señalan algunos expertos. Lo que se esgrime como posible causa de revictimización es el escaso cuidado de aquellos funcionarios que deben intervenir en todo el conjunto de acciones ligadas a los juicios, y que por falta de conocimiento en la materia, pueden llegar a desvirtuar esa función reparadora largamente esperada por las víctimas-testigos y sus familiares, para llegar a constituirse, incluso, en un riesgo de nuevo daño. El instrumento que aquí se presenta busca uniformar pautas de intervención para evitar aquellas que pudieran resultar arbitrarias. En tal sentido, con la protocolización de las actuaciones judiciales se procura que en todo el Poder Judicial, cualquier profesional tenga acceso a las herramientas necesarias para reducir al mínimo los mecanismos que pueden conducir a la retraumatización de los testigos. Si bien la situación de cada víctima-testigo es singular y requiere de un tratamiento adecuado a esa específica situación, existen situaciones generales que debemos prever para evitar, por todos los medios posibles, caer en situaciones que profundicen la sensación subjetiva de vulnerabilidad que de por sí implica el hecho de enfrentarse a una situación testimonial. No debemos olvidar que quienes se constituyen en testigos de causas vinculadas a delitos de lesa humanidad son personas a quienes el Estado ha violado sus derechos, siendo el Estado el que debe garantizarlos y protegerlos, de modo que esa particular situación envuelve al proceso de un estrato considerablemente delicado. Asimismo, el protocolo de actuación se constituye en un instrumento básico para garantizar –además de la debida protección de derechos– la coordinación interinstitucional, debiendo englobar medidas que garanticen la articulación de acciones de las instituciones competentes, respecto de la atención integral a las víctimas. Este instrumento está dirigido a magistrados, funcionarios y operadores que tienen participación en el abordaje judicial de los testigos, víctimas del terrorismo de Estado.

Los actores involucrados en estos procesos deben funcionar de forma transdisciplinaria, produciendo acciones, que tiendan a intercambiar información y participar coordinadamente en la planificación y gestión de recursos, para garantizar de este modo una mejor lógica de trabajo.


[1] Rousseaux, Fabiana, “Memoria y verdad: los juicios como rito restitutivo”. En: Acompañamiento a testigos en los juicios contra el terrorismo de Estado. Primeras Experiencias. Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Buenos Aires, 2009. págs. 29-38.


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