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Relatos de archivos

Tras los rastros de las huellas

By 2 junio, 2018diciembre 15th, 2021No Comments

por Natalia Federman [1]

 

“Doctora lo identificamos”. Con esas palabras, el funcionario policial notificaba a la Dirección Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Seguridad en las últimas horas del 16 de octubre de 2014 que la búsqueda de Luciano

Nahuel Arruga había llegado a su fin. La pericia papiloscópica documentaría, en base a principios científicos, que la huella dactilar de Luciano era coincidente con otra perteneciente a un cadáver NN hallada en una dependencia de la Superintendencia de Policía Científica de la Policía Federal Argentina.

Durante 2086 días su madre y su hermana habían recorrido infinidad de instituciones buscando alguna pista sobre qué había sucedido aquel 31 de enero de 2009 en el que había sido visto por última vez.

El hallazgo del documento en el que estaban estampadas las huellas del cadáver de una persona que había muerto el 1º de febrero de ese año, cuya biografía correspondía a la de Luciano Nahuel Arruga, un joven de 16 años de Lomas del Mirador que había sido víctima de torturas por parte de integrantes de la policía bonaerense pocos meses antes de desaparecer, fue un camino marcado por coincidencias en relación al activismo en la búsqueda de las personas detenidas desaparecidas entre 1975 y 1983: el caso fue patrocinado por abogados/as del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), un organismo de derechos humanos con una extensa trayectoria en litigio e investigación sobre el terrorismo de Estado; fue la figura de la “desaparición forzada de personas” la que logró que el caso saliera de la justicia provincial (sospechada de connivencia con la fuerza policial que había torturado a Luciano) y pasara a la justicia federal; fue un recurso de habeas corpus (como los que presentaban los/as abogados/as defensores de derechos humanos durante el terrorismo de Estado) el que dio el punta pie inicial para dar respuesta a qué había ocurrido con Arruga (y no sólo quiénes podían ser los culpables) y fue el mecanismo implementado desde el Estado para la identificación de personas detenidas desaparecidas entre 1975-1983 el que permitió la localización del cuerpo de Luciano.

Desde su desaparición en 2009, su hermana, Vanesa Orieta, y su madre, Mónica Alegre, habían emprendido una batalla legal para lograr que el Estado les respondiera qué había pasado. Debido a las torturas que había sufrido durante su detención el 22 de septiembre del año anterior y el hostigamiento al que estaba sufriendo por parte de los integrantes del destacamento de Lomas del Mirador –al igual que muchos otros jóvenes de barrios populares–, las sospechas se centraron, obviamente, sobre la policía bonaerense.

Apartar a la justicia provincial que había sido reticente en la investigación, requirió  varios años de discusiones legales hasta que, finalmente, de acuerdo a las pistas con las que se contaba se resolvió considerar a la ausencia de Luciano, una desaparición forzada de personas y, por ello, debía intervenir la justicia federal. Esta decisión, dio lugar a la presentación de un habeas corpus, en ese fuero, para que el Estado –más allá de investigar quién era el responsable de lo sucedido con Luciano– buscara el cuerpo (corpus) vivo o muerto de Arruga.

Una vez más, esto requirió un nuevo litigio; ya que el juez inicialmente rechazó este mecanismo para investigar qué había sucedido. Luego de varias apelaciones, el 12 de julio de 2014 la Cámara Federal de Casación Penal decidió que debía tramitarse el habeas corpus para garantizar el derecho de los familiares de Luciano Arruga a obtener la información que se reclamaba. A partir de esta decisión, los abogados que patrocinaban a la familia propusieron la convocatoria de una mesa de dialogo interinstitucional en la que participaran representantes de organismos nacionales y provinciales que pudieran aportar a la resolución del caso.

La audiencia que se convocó para ello se realizó el 23 de septiembre de 2014. Las organizaciones sociales tenían su atención depositada en cuál sería la participación de las autoridades de la Provincia de Buenos Aires en la audiencia; ya que desde la desaparición de Luciano las posibilidades de entrevistarse con las autoridades políticas provinciales habían sido prácticamente nulas o poco conducentes. Las intervenciones de su hermana y madre demandaban de los/as funcionarios/as respuestas. Mónica Alegre, urgió “este hábeas corpus es importante. En estos cinco años tuvimos que remar en dulce de leche y ustedes funcionarios y políticos, se encargaron de hacerlo más espeso. Todos los días iba a preguntar si había novedades de Luciano. Con mi humildad iba y les preguntaba por mi hijo. Me decían que espere”.

Iniciada la audiencia, para quienes habíamos trabajado en la identificación dactiloscópica de personas desaparecidas durante la última dictadura militar, se hizo evidente que la búsqueda realizada hasta ese momento de Luciano adolecía de un primer escollo: la falta de huellas dactilares en el Registro Nacional de las Personas, que pudieran considerarse indubitablemente de Luciano. Es decir, la falta de un documento en el que Luciano hubiera dejado sus huellas ante la autoridad legalmente habilitada para identificar a las personas en el territorio nacional. Cuando se propuso el entrecruzamiento de las huellas de Luciano con las existentes en las Fuerzas de Seguridad Federales y, si ello era negativo, con las fuerzas provinciales, se resolvió que debía acudirse, paradójicamente, a la única otra instancia en la que se tuvo certeza en la que Luciano Arruga había plasmado sus huellas dactilares ante una autoridad pública: la ficha completada en el destacamento de Lomas del Mirador en ocasión de su detención y posterior tortura en septiembre de 2008.

El 15 de octubre de 2014, integrantes de esa Superintendencia de Policía Científica de la Policía Federal, digitalizaron en el juzgado de Morón las fichas dactiloscópicas de “Luciano Nahuel Arrua” que habían sido tomadas por el Teniente Diego Torales, quien lo había torturado a Luciano esa noche en el destacamento y fue condenado por ello a diez años de prisión el 15 de mayo de 2015.

Una vez que la digitalización se realizó, la Fuerza efectuó los dos procedimientos habituales para determinar si poseían algún antecedente sobre una persona cuyo destino era desconocido. En primer lugar, las incorporó a la base de datos del Sistema Automático de Identificación de Huellas Dactilares (AFIS). Se trata de un recurso tecnológico que permite la consulta y comparación masiva con todos los registros decadactilares previamente almacenados. Este resultado fue negativo. En segundo lugar, los peritos dactilóscopos analizaron esas huellas y las clasificaron conforme el “Sistema Vucetich”. Determinaron que Luciano Arruga poseía una “Individual dactiloscópica” E4343-I4242, lo que permitiría que se buscara en el Archivo de la División Dactiloscopia la existencia de una huella idéntica entre todas las clasificadas del mismo modo. Esta búsqueda también obtuvo resultado negativo. Ello indicaba que la fuerza no tenía registro de haber detenido a Luciano Arruga, ni haber tramitado su pasaporte o cédula de identidad (tareas que la PFA llevó adelante hasta el año 2011), ni que se hubiera tramitado su DNI. Ambos resultados, en la rutina de la fuerza, hubieran provocado que se considerara que ya se había cumplido con el requerimiento judicial.

Pero la experiencia reunida por la Dirección de Derechos Humanos en la identificación de desaparecidos entre 1975 y 1983 fue lo que motivó que se considerara que aún existían chances para hallar el registro de ese papel con diez casilleros en los que se estampan los surcos de los dedos de las personas. Lo que se buscaba era dar con las huellas de las personas vivas o muertas cuya determinación de identidad se solicita a la Policía pero que no fue posible establecer. Ese era el lazo necesario para unir a la biografía de Luciano Arruga con el destino dado a su cadáver.

Ese mismo día la Dirección Nacional de Derechos Humanos, remitió a la División Dactiloscopia de la Superintendencia la siguiente indicación “le solicito que incluya el detalle de los archivos en que se ha buscado, señalando qué mecanismos se utilizaron y quien fue el profesional que realizó la búsqueda. Además que informen en detalle sobre la existencia de un archivo de NN.  Por último y a fin de asegurarnos de que se ha buscado contra todas las huellas posibles, le solicito que adjunten copias del libro de registro de cadáveres desde enero de 2009 hasta la fecha, señalando todas aquellas que tengan la misma clasificación y adjuntando un informe en donde se detalle que se cotejó contra todas aquellas huellas y que el resultado fue negativo. Si las huellas no se encuentran en las dependencias a su cargo, vamos a tener que buscar en el libro de salida a donde fueron remitidas, y solicitarlas a dichas áreas. Esto se debe a que como la búsqueda se realiza con cuatro años de atraso, queremos asegurarnos que el informe contemple todas las variables posibles”.

Pocas horas después, llegó el llamado que informó que en el libro de entradas y salidas de la División Rastros de la Superintendencia habían encontrado un registro que indicaba que el 3 de febrero de 2009 se había trabajado con las huellas de un cadáver poseía una “Individual dactiloscópica” E4343-I4242. Dichas huellas habían sido tomadas por integrantes de la División en la Morgue Judicial y, luego de que no pudiera establecerse su identidad, un ejemplar de la ficha había sido archivado en la División. La comparación con las huellas de Luciano, determinó que había muerto el 1° de febrero  en el Hospital Santojani de la Ciudad de Buenos Aires, luego de haber sido atropellado en el cruce de Avenida General Paz y Emilio Castro, en el barrio porteño de Mataderos a las 3:21 de la madrugada del 31 de enero.

Así se supo que Luciano fue atropellado, a unas 25 cuadras de donde, según declaró su madre al denunciar su ausencia, fue visto pocas horas antes por sus amigos por última vez. Estaba cruzando la autopista desde la provincia hacia la ciudad de Buenos Aires por un lugar no habilitado para peatones. El joven de 21 años que lo chocó dio aviso a la policía y una ambulancia del servicio de atención médico de emergencias de la Ciudad de Buenos Aires (SAME) llevó a Luciano hasta el Hospital Santojanni. Lo operaron y, ya fuera del quirófano, murió a las 8 de la mañana de ese día. Su madre lo había buscado en ese mismo hospital, donde le dijeron que había entrado un chico atropellado pero que no coincidía con la descripción de su hijo. Luciano fue enterrado como NN en el cementerio de Chacarita, por decisión del juzgado de la Ciudad de Buenos Aires que intervino a partir del accidente automovilístico, luego de algunas rutinarias medidas de prueba para establecer su identidad que resultaron negativas.

La identificación mediante huellas permitió determinar el lugar donde Luciano había sido enterrado y sus restos fueron entregados a sus familiares.

 


[1] Abogada, fue Directora Nacional de DDHH del Ministerio de Seguridad (2011-2015) y Directora de programas en el Ministerio de Defensa (2008-2011). En la actualidad se desempeña en El Ministerio Público Fiscal.

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